Denuncia por accidente.
¿Quién puede denunciar?
- La víctima, si está en condiciones de hacerlo dentro del plazo máximo de 6 meses.
- Si la víctima no está en condiciones, el familiar más cercano.
- En caso de menores de edad, sus representantes legales.
¿Dónde y cuándo denunciar?
- El plazo es de seis meses desde la fecha del accidente si acudimos a la vía penal, y un año si tenemos que acudir a la vía civil.
- Podemos denunciar en el Juzgado de Guardia de la localidad donde se haya producido el accidente.
Datos a tener en cuenta.
- El atestado: En cualquier accidente con lesiones las fuerzas de seguridad responsables de vigilancia de tráfico deben realizar un atestado que recoja datos relevantes sobre los hechos.
- Los informes médicos: Han de ser facilitados por el centro médico en el que sea atendido el lesionado.
Derechos como víctima de accidente de tráfico.
- El paciente es libre de elegir centro sanitario (público o privado) y el médico para su tratamiento.
- Las compañías aseguradoras no pueden imponer el centro de asistencia o el tipo de asistencia que más le conviene a la víctima.
- El paciente tiene derecho a ser diagnosticado y tratado según el criterio del médico y del centro elegidos.
- La aseguradora debe cubrir los gastos de asistencia médica, farmacéutica y de rehabilitación en la cuantía necesaria hasta la sanación o consolidación de secuelas.
La incapacidad temporal.
La incapacidad temporal es una prestación económica que trata de cubrir la falta de ingresos producida cuando el trabajador no puede trabajar temporalmente a causa de una enfermedad o accidente y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Las personas que estén trabajando por cuenta propia o ajena, las que estén cobrando el desempleo y las que estén de alta en la Seguridad Social, tienen derecho a esta prestación.
Para tramitarla hay que acudir al médico de familia y solicitar el parte de baja. Este parte se entregará a la empresa, o al INEM si la persona es desempleada. Esta situación puede llegar a durar hasta un año, durante el que el INSS realizará controles periódicos y, a través del equipo de evaluación de incapacidades, controlará la incapacitación temporal para determinar el alta médica, la continuidad de la incapacidad temporal o iniciar el proceso de incapacidad permanente
Trámites con las aseguradoras.
Tanto para valorar el pago de la atención en el hospital como de cara a los tratamientos futuros, es importante saber qué compañía aseguradora es la responsable de estos costes, incluso si la atención se da en un hospital público. Nos referimos a los casos de accidentes laborales, accidentes de tráfico o a las personas vinculadas a mutuas de funcionarios públicos o personal militar como MUFACE, ISFAS o MUGEJU.
Debemos informarnos lo antes posible de cuál es la aseguradora para dirigirnos a ellas con los informes médicos del hospital y las necesidades al alta de nuestro familiar: tratamientos futuros, ayudas técnicas o soportes necesarios.